Uno de los requisitos más consultados de siempre por los opositores es la altura mínima exigida para ser guardia civil. En los últimos años, se han producido importantes modificaciones normativas en relación a este supuesto. A partir de la publicación, el 19 de octubre de 2023, de la modificación recogida en la Orden PCI/155/2019, vigente en 2025, dicho requisito se ha eliminado.
¿Cuál es la altura mínima para ser guardia civil?
Hasta hace poco, la Guardia Civil exigía una altura mínima de 160 cm para hombres y 155 cm para mujeres, y un máximo de 2,03 metros en ambos casos, como uno de los requisitos físicos de acceso al proceso de selección. Sin embargo, este criterio fue eliminado, tal y como señalaba la nota de prensa emitida por el Ministerio de Defensa en el año 2023, por la que se informaba de la modificación del cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación del CGC. Esto es así desde el 19 de octubre de 2023, con la aplicación de la disposición del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática publicada en el Boletín Oficial del Estado.
Comparativa con otros cuerpos
La altura mínima es un requisito que también ha dejado de exigirse en otros cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, como es el caso de la Policía Nacional, que también eliminó dicho criterio en sus pruebas de acceso a la escala básica, tal y como se expresa en el Real Decreto 853/2022.
En el caso de bomberos o policía local, es necesario informarse, ya que depende de las exigencias de cada convocatoria. Cada vez más, se apuesta por la equiparación con otros cuerpos civiles de policía de Europa que no establecen ningún requisito de altura para acceder a sus pruebas selectivas, ya que buscan incorporar talento por encima de ciertos condicionantes físicos.
Sin embargo, este criterio de exclusión se mantiene en las pruebas destinadas al ingreso en otros cuerpos como las Unidades de Intervención Policial (UIP), Unidades de Prevención y Reacción (UPR) y Grupo Especial de Operaciones (GEO). En estos casos, la altura mínima será de 1,65 metros para los hombres y de 1,60 metros para las mujeres, tal y como cita el Ministerio del Interior: “No obstante, a nivel interno, se mantendrán requisitos de estatura mínima para acceder a determinadas unidades especiales, en las que la altura afecta a la operatividad de la labor policial específica que deben desarrollar.”
Cambios normativos recientes
La eliminación del requisito de estatura se corresponde con una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, emitida el 14 de julio de 2022, en la que se señalaba entre otras causas, que “existen muchas áreas funcionales que no necesitan ninguna condición física especial, y mucho menos tener una estatura más o menos elevada”. Esta sentencia marcó un cambio significativo en la voluntad política hacia una selección no discriminatoria, basada en las capacidades y méritos de los candidatos.
Así, la supresión del requisito de la altura refleja una evolución en el marco normativo aplicable, a raíz de las modificaciones introducidas en los últimos años por las disposiciones del Real Decreto 326/2021 y la normativa complementaria. Esta actualización busca seguir avanzando en la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, en políticas de inclusión y diversidad, como principios básicos de una sociedad democrática, al igual que la Guardia Civil, para centrarse más en capacidades reales y no en características físicas arbitrarias.
¿Por qué antes se exigía una altura mínima para acceder a la Guardia Civil?
Históricamente, la exigencia de una altura mínima para acceder a la Guardia Civil respondía a criterios operativos, de resistencia física y de proyección de una determinada imagen institucional. Se consideraba que una estatura mínima garantizaba mejores condiciones para afrontar intervenciones físicas exigentes, así como una presencia que reforzaba la autoridad del agente.
Sin embargo, con el paso del tiempo, estas justificaciones han quedado obsoletas. La Guardia Civil, al igual que otros cuerpos policiales, ha ido adaptando sus requisitos a un modelo más inclusivo y se ha centrado en las competencias reales del aspirante, como su capacidad técnica, preparación académica, psicológica y física. La percepción del perfil del agente también ha cambiado y, actualmente, se valora una combinación equilibrada de habilidades, sin que características físicas como la estatura condicionen la aptitud profesional.
Requisitos físicos actuales para ser guardia civil
El acceso para la escala de cabos y guardias de la Guardia Civil requiere cumplir con ciertos requisitos físicos, establecidos en el Real Decreto 326/2021, que se valoran en las pruebas médicas pertinentes. A pesar de la eliminación del requisito de altura mínima, en el acceso a la Guardia Civil, la aptitud física sigue siendo parte esencial en las pruebas selectivas. Estas, están diseñadas para evaluar la capacidad de los candidatos para enfrentarse a las exigencias físicas del servicio.
Las pruebas de aptitud física incluyen ejercicios de resistencia, coordinación, fuerza y soltura acuática, asegurando que los aspirantes estén preparados para las situaciones a las que se enfrentarán en su labor diaria. Por eso, deben prepararse adecuadamente para estas pruebas, ya que son un indicador clave de su capacidad para cumplir con los deberes que conlleva formar parte del CGC. Estas evaluaciones son objetivas y están estandarizadas, asegurando que todos los aspirantes sean medidos con los mismos criterios de exigencia.
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Preguntas frecuentes sobre la altura mínima para ser policía nacional
Preguntas frecuentes
1. ¿Cuál era la altura mínima exigida anteriormente?
Antes del 19 de octubre de 2003, cuando se publica la norma eliminando con carácter general este requisito, la altura mínima exigida para ser Guardia Civil era de más de 1,60 metros en hombres y más de 1,55 en mujeres.
2. ¿Puedo presentarme a la Guardia Civil si mido menos de 1,60 m?
Sí, en la actualidad no existe límite de altura para quienes se presenten a los procesos selectivos de las oposiciones de Guardia Civil, para el ingreso en los centros docentes de formación.
3. ¿Se aplica también esta eliminación en la Escala de Oficiales o en otras especialidades?
El requisito de altura mínima en la Guardia Civil, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias, ha dejado de existir. Sin embargo, se podría mantener el límite de altura, en el caso de ocupar destinos en determinadas unidades o para el acceso a la enseñanza de especialización, cuando esta constituya un requisito esencial y determinante.
4. ¿La altura influye en las pruebas físicas?
La altura no es un factor determinante en las pruebas físicas de acceso a la selección de los futuros miembros de la Guardia Civil, están diseñadas para que todos los aspirantes tengan los mismos criterios de exigencia.
5. ¿Qué pasa si mido justo el límite que antes se exigía? ¿Se sigue midiendo en el proceso?
Los cambios legislativos han eliminado el requisito de altura para entrar en la Guardia Civil. En la actualidad, un hombre que mida 1,60 metros o menos o una mujer que mida 1,55 o menos, al igual que si miden ambos más de 2,03 metros, pueden acceder al proceso de selección.
La altura se sigue midiendo en el proceso de ingreso en la Guardia Civil, dentro de los parámetros biológicos generales del reconocimiento médico, aunque no existe límite de talla mínima o máxima.
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