Trabajar en la Guardia Civil no solo supone una oportunidad de estabilidad laboral, sino también el acceso a un régimen específico de vacaciones, permisos y licencias que buscan equilibrar el servicio con la vida personal. Conocer qué vacaciones y permisos tiene un guardia civil es fundamental para conciliar adecuadamente tu vida profesional y familiar. 

La regulación del régimen de vacaciones y permisos de los miembros de la Guardia Civil se basa en las siguientes disposiciones:

Guardia Civil patrullando en el agua

¿Cuántos días de vacaciones tiene un guardia civil al año?

Los guardias civiles tienen derecho a 22 días hábiles de vacaciones al año por cada periodo anual completo de servicio efectivo. Es decir, si el tiempo de servicio es inferior a un año, se otorgarán proporcionalmente. 

Para quienes hayan completado 15, 20, 25, 30 o más años de servicio, este crédito se incrementará, respectivamente, en 1, 2, 3 o 4 días.

Asimismo, el Director General, en atención a las especiales características que concurran en determinados destinos, podrá establecer, para quienes los ocupen, la adición al crédito de vacaciones de hasta 11 días hábiles por período anual y/o, en su caso, formas de disfrute adaptadas al funcionamiento de sus unidades de pertenencia.

Las vacaciones pueden disfrutarse hasta el 31 de enero del año siguiente y se pueden fraccionar.

¿Qué permisos retribuidos existen en la Guardia Civil?

La Guardia Civil ofrece una variedad de permisos retribuidos, que incluyen:

  • Permiso en fechas señaladas: los miembros de la Guardia Civil pueden disfrutar de 3 días de permiso consecutivos en los períodos de Semana Santa y Navidad.
  • Permiso por fin de misión en el extranjero: los agentes que participen o cooperen en misiones en el extranjero contarán con 1 día de permiso por cada 12 días naturales completos de misión, que deberán disfrutar, siempre que sea posible, de manera inmediata al finalizar esta. La duración máxima de este permiso será de 30 días naturales.
  • Permisos por causas justificadas: los guardias civiles pueden solicitar, asimismo, varios días de permiso por razones como como el fallecimiento de un familiar, la intervención quirúrgica de un hijo, una mudanza o matrimonio. También para realizar funciones de representación, asistir a exámenes oficiales o por la consideración de víctimas del terrorismo. Las características de cada uno de estos permisos están reguladas en la Orden General número 1, de 22 de enero de 2016.
Años de servicioDíasCausa
Menos de 1522 días hábilesVacaciones
Entre 15 y 2023 días hábilesVacaciones
Entre 20 y 2524 días hábilesVacaciones
Entre 25 y 3025 días hábilesVacaciones
Más de 3026 días hábilesVacaciones
6 días hábiles*Asuntos particulares. *A partir del sexto trienio se suman 2 más, hasta un total de 8. A partir del octavo, se añade 1 día adicional por cada nuevo trienio.
Indiferente3 días consecutivosFechas señaladas: Semana Santa y Navidad
Indiferente1 día por cada 12 días naturales (máximo: 30)Por misión en el extranjero
IndiferenteHasta 90 días naturalesLicencia por asuntos propios
IndiferenteHasta 90 días naturalesLicencia por estudios (* impacto en el sueldo)
Indiferente15 días naturalesMatrimonio o constitución de pareja de hecho
Indiferente19 semanasNacimiento y cuidado del menor. Se ampliará en 2 semanas por discapacidad del hijo y por cada hijo a partir del segundo en caso de parto múltiple.
Indiferente16 semanasAdopción, guarda con fines de adopción o acogimiento. Se ampliará en 2 semanas por discapacidad del hijo y por cada hijo a partir del segundo en caso de parto múltiple. Y será de 32 semanas en el caso de existir un único progenitor.
IndiferenteHasta 13 semanasAmpliación del permiso por nacimiento si el recién nacido es hospitalizado a continuación del parto.
Indiferente2 horas diarias de ausencia del trabajoPor nacimiento de hijos prematuros o que por cualquier otra causa
deban permanecer hospitalizados.
Indiferente1 hora diaria de ausencia del trabajo, hasta que el menor cumpla 12 mesesLactancia
Indiferente1 díaTraslado de domicilio dentro de la misma población
IndiferenteHasta 5 días hábilesAccidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el primer grado por consanguinidad o afinidad.
IndiferenteHasta 4 días hábilesAccidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario, de un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad.
IndiferenteHasta 5 días hábilesFallecimiento del cónyuge o pareja de hecho, o familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, en distinta localidad de la de destino.
IndiferenteHasta 3 días hábilesFallecimiento del cónyuge o pareja de hecho, o familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, en la misma localidad de la de destino.
IndiferenteHasta 4 días hábilesFallecimiento de familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, en distinta localidad de la de destino.
IndiferenteHasta 2 días hábilesFallecimiento de familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, en la misma localidad de la de destino.

¿Pueden concederte alguna licencia en la Guardia Civil?

Efectivamente, pueden concederte licencias por distintos motivos si las solicitas y siempre que las necesidades del servicio lo permitan.

A continuación, te indicamos las que puedes solicitar:

  • Licencia por asuntos propios: puedes solicitar hasta 90 días naturales en periodos de 2 años.
  • Licencia por estudios: puedes solicitar hasta 90 días naturales. Durante los 7 primeros recibirás las retribuciones básicas. A partir del octavo, no tendrás ninguna retribución.
Helicóptero de la Guardia Civil

Conciliación familiar y permisos especiales

La Guardia Civil también ha integrado medidas para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar, como la posibilidad de solicitar los siguientes permisos:

  • Para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto.
  • Para someterse a técnicas de fecundación o reproducción asistida.
  • Permiso retribuido para las guardias civiles embarazadas.
  • Por nacimiento, tanto para madres como para padres: tendrá una duración de dieciséis semanas, siendo las seis primeras de carácter obligatorio.
  • Por adopción, por guarda con fines de adopción, o acogimiento, tanto temporal como permanente, tendrá las mismas características que el permiso de nacimiento.
  • Por lactancia de un hijo menor de doce meses.
  • Por la hospitalización de hijos recién nacidos.
  • Por razones de guarda legal, de cuidado de mayores dependientes o de discapacitados.
  • Para cuidar de un familiar de primer grado.
  • Para cuidar de un hijo menor afectado por alguna enfermedad grave.
  • Para cumplir con un deber inexcusable de carácter público o personal.

Estas medidas permiten adaptar el servicio a las necesidades familiares, fomentando la igualdad y el bienestar de los agentes.

Justificación de permisos

Para solicitar permisos, el guardia civil debe, siempre que sea posible, presentar la solicitud con la antelación suficiente y aportar la documentación justificativa correspondiente, dependiendo del tipo de permiso. Por ejemplo:

  • Matrimonio/pareja de hecho: certificado de matrimonio o inscripción en el registro.
  • Fallecimiento/nacimiento: parte médico, certificado de defunción o nacimiento.
  • Traslado de domicilio: certificado de empadronamiento o contrato de arrendamiento.

Permisos para formación, estudios o asistencia a cursos

El personal de la Guardia Civil también puede solicitar permisos para asistir a cursos en centros de enseñanza oficiales o para presentarse a los exámenes o pruebas de aptitud que necesite realizar.

¿Cuándo disfruta de su descanso semanal un guardia civil?

En general, los guardias civiles disfrutarán de un descanso semanal de 48 horas ininterrumpidas que coincidirá, asimismo, con dos días naturales. De cada tres descansos semanales consecutivos, uno debe coincidir con fin de semana (sábado y domingo).  

Además, los agentes pueden solicitar la acumulación de dos descansos semanales en un mismo mes, aunque solo una vez dentro de cada mes.

Por otra parte, el personal destinado en las unidades que se detallan a continuación disfrutará de su descanso semanal en función de las necesidades propias de su servicio:

Personal con funciones administrativas

Su descanso semanal coincidirá, con carácter general, con el sábado y el domingo. En caso de prestar servicio en la mañana de un sábado no festivo, el descanso semanal se disfrutaría el domingo de esa semana y el lunes de la siguiente, para que ambos días libres sean consecutivos.

Personal de apoyo a la dirección

Disfrutará su descanso semanal de igual forma que el personal con funciones administrativas.

Personal con funciones de enseñanza en centros docentes

El descanso semanal de este personal coincidirá, por regla general, con el sábado y el domingo, salvo las exigencias que puedan derivarse de la aplicación del plan de estudios correspondiente, en cuyo caso se disfrutará durante las dos semanas siguientes a la del servicio que impidió el disfrute ordinario, preferentemente unido a otro día de descanso semanal.

Personal con funciones de mando

Dado que dicho personal está sometido a las necesidades propias de la unidad de su mando, el disfrute de su descanso semanal se adecuará a ser posible a dichas necesidades.

Durante el disfrute de su descanso semanal, y a fin de garantizar la continuidad en el ejercicio del mando, le sustituirá el miembro del Cuerpo al que le corresponda, a quien comunicará las directrices y actuaciones que considere oportunas.

Personal con funciones de investigación policial

Para la necesaria continuidad de las operaciones que se lleven a cabo, podrá establecerse que, durante un máximo de cuatro semanas consecutivas, el disfrute del descanso semanal de dicho personal tenga una duración mínima de veinticuatro horas coincidentes con un día natural.

En estos casos el personal dispondrá de los días de descanso no disfrutados al finalizar la operación, en un solo periodo acumulado.

Personal de determinas unidades singulares operativas

Podrá establecer que, durante un máximo de seis semanas consecutivas, este personal pueda disfrutar de un periodo de descanso semanal mínimo de veinticuatro horas coincidentes con un día natural.

En estos casos, el personal dispondrá de los días de descanso no disfrutados al finalizar el periodo del que se trate, en un solo periodo acumulado.

Descanso semanal en destinos en el extranjero

Los agentes desplegados en operaciones o misiones internacionales tienen un régimen específico que puede incluir días adicionales de descanso compensatorio. Es importante consultar la normativa o directrices específicas de cada operación para conocer las condiciones aplicables.

Preguntas frecuentes sobre vacaciones de la Guardia Civil

Preguntas frecuentes

1. ¿Cuántos días de vacaciones se acumulan con los años?

Los días de vacaciones son fijos (22 hábiles) pero para quienes hayan completado quince, veinte, veinticinco, treinta o más años de servicio, dicho crédito se incrementará, respectivamente, en 1, 2, 3 o 4 días.

2. ¿Puedo pedir vacaciones en agosto o fechas clave?

Sí, concretamente en verano se establecerán tres turnos de vacaciones, con un máximo de 31 días naturales, del 15 de junio al 15 de septiembre, para que todo el personal que lo desee pueda disfrutar vacaciones en esa época.

A estos efectos, y con carácter general, los turnos abarcarán respectivamente:

  • Del 15 de junio al 15 de julio.
  • Del 16 de julio al 15 de agosto.
  • Del 16 de agosto al 15 de septiembre.

3. ¿Se pueden ceder días entre compañeros?

No, las vacaciones son personales e intransferibles.

4. ¿Qué pasa si me enfermo durante las vacaciones?

Se puede solicitar la interrupción de las vacaciones, presentando un parte médico. De este modo, el periodo de baja médica interrumpe el cómputo de los días de vacaciones. Una vez finalizada la baja, los días de vacaciones no disfrutados podrán disfrutarse en un periodo posterior, siempre que las necesidades del servicio lo permitan y no se exceda el plazo máximo de disfrute (normalmente hasta el 31 de enero del año siguiente).

5. ¿Los servicios en días festivos se compensan con días libres?

Sí, se compensan con descansos equivalentes, según lo establecido en la Orden General de jornada y horarios. La forma exacta de compensación dependerá de la normativa interna y de la planificación de cada unidad.

Fuentes

Lancha de la Guardia Civil

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