A la hora de hablar de funciones específicas dentro de la Policía Nacional, es habitual confundir especialidades con unidades especiales de la Policía Nacional. Pero, aunque parezcan referirse a lo mismo, se trata, en realidad, de dos cosas diferentes. Con este artículo vamos a ayudarte a distinguirlas.

Especialidades vs. Unidades Especiales

Especialidades es una etiqueta amplia que engloba muchas áreas y unidades del Cuerpo (operativas y técnico-periciales), repartidas por todas las Comisarías Generales (Información, Policía Judicial, Seguridad Ciudadana, Extranjería y Fronteras y Policía Científica) y también bajo la Dirección Adjunta Operativa (p. ej., el GEO). Es, por así decirlo, el paraguas de todas las áreas de trabajo especializadas. Por eso, para hablar de especialidades de la Policía Nacional, necesitas tener muy claro qué son y qué no son.

En cambio, Unidades Especiales es una categoría concreta dentro de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana y coordinada por la Jefatura de Unidades Especiales. En total, son cinco las Unidades Especiales de la Policía Nacional: Caballería, Guías Caninos, Subsuelo y Protección Ambiental, Brigada Móvil–Policía en el Transporte y Unidades de Prevención y Reacción (UPR). 

Por lo tanto, las Unidades Especiales son especialidades de la Policía Nacional que tienen un encaje orgánico específico, una categoría propia dentro del paraguas.

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Cuántas especialidades y Unidades Especiales hay

Al tratarse de una etiqueta amplia, bajo el concepto de “especialidades” se agrupan unidades tan distintas como TEDAX-NRBQ (Información), BCIT y BCE (Policía Judicial), Unidad de Intervención Policial (UIP), Policía Científica y, también, las propias Unidades Especiales. Es decir, hay especialidades en toda la Policía Nacional, no solo en la Comisaría General de Seguridad Ciudadana. 

Por su parte, las Unidades Especiales son únicamente las que la Orden INT/859/2023 encuadra en la Jefatura de Unidades Especiales de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana. Son cinco: Caballería, Guías Caninos, Subsuelo y Protección Ambiental, Brigada Móvil–Policía en el Transporte y UPR.

De esta forma, llamar “especialidad” a GEO, TEDAX-NRBQ, BCIT, BCE, UIP, UCRIF, Policía Científica… es correcto en sentido amplio, puesto que se trata de áreas o unidades especializadas del Cuerpo. Sin embargo, solo debemos hablar de “unidades especiales” cuando nos referimos a las cinco que gestiona la Jefatura de Unidades Especiales.

De quién dependen

Las especialidades pueden depender de distintas comisarías generales o de la Dirección Adjunta Operativa (DAO) de la Policía Nacional, según su materia. Así, los GEO dependen del DAO, TEDAX-NRBQ se gestiona desde la Comisaría General de Información, o Balística Forense desde la de Policía Científica.

En cambio, las Unidades Especiales dependen de una jefatura concreta dentro de Seguridad Ciudadana, la Jefatura de Unidades Especiales, que coordina, supervisa y controla las cinco unidades.

En ambos casos, al actuar en una ciudad o provincia, opera la regla de la dependencia funcional respecto de la Jefatura Superior o Comisaría donde están asignadas. Esto está explicitado para las Unidades de Intervención Policial y para la Jefatura de Unidades Especiales en la Orden INT/859/2023. 

El caso de la UIP y del GEO

Existen dos especialidades dentro de la Policía Nacional que suelen generar dudas y que, a veces, se nombran de manera errónea como “unidades especiales”. Son la UIP y los GEO.

  • La Unidad de Intervención Policial (UIP) es una especialidad muy conocida, comúnmente llamada “antidisturbios”. Orgánicamente tiene su propia jefatura, la Jefatura de Unidades de Intervención Policial, que está separada de la de Unidades Especiales. Por eso la UIP no se cataloga como “unidad especial” en sentido estricto.
  • Por su parte, el Grupo Especial de Operaciones (GEO) es una especialidad de intervención de alto riesgo que tampoco forma parte de la Jefatura de Unidades Especiales. Su encaje está bajo la DAO, con misión y estructura propias. 

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