Muchos opositores quieren ser guardias civiles con el propósito de recorrer las carreteras y caminos de España en motocicleta, como ocurre en las especialidades de Tráfico y SEPRONA. Pero ¿es obligatorio disponer de un permiso de conducir específico para motocicletas para aprobar las pruebas a la Guardia Civil? En Serás te lo queremos explicar.
¿Se necesita carnet de moto para entrar en la Guardia Civil?
No. Tal y como especifica el Ministerio del Interior en el listado de requisitos de las oposiciones a la Guardia Civil, los candidatos solo tienen que estar en posesión del permiso de conducción de la clase B para presentarse. Conviene recordar que este es el carnet que en España autoriza para conducir automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg y que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de 8 pasajeros además del conductor.
El carnet de conducir de tipo B, además, permite conducir motocicletas de hasta 125 cc y con una potencia máxima de 15 CV una vez que se alcancen los 3 años de antigüedad.
¿Qué carnets de moto existen y cuál se necesita dentro del cuerpo?
En España existen cuatro tipos de carnet de ciclomotor y motocicleta:
- AM: permite conducir ciclomotores de dos y tres ruedas, así como cuadriciclos ligeros que no superen los 50cc.
- A1: permite conducir motocicletas con una potencia máxima de 15 CV.
- A2: permite conducir motocicletas de hasta 47,5 CV de potencia.
- A: permite conducir cualquier motocicleta, sin importar su cilindrada ni su potencia.
Como dijimos, ninguno de estos carnets de conducir es obligatorio para superar la oposición de la Guardia Civil. Otra cuestión es que se quiera ser motorista dentro del cuerpo.

¿Qué carnet piden para ser motorista en la Guardia Civil de Tráfico?
En caso de que el opositor quiera pertenecer a la Guardia Civil de Tráfico y patrullar las carreteras españolas sobre una motocicleta, estará obligado a contar antes de realizar el curso con el carnet de conducir de tipo A2.
Además, es necesario que tenga al menos un año de antigüedad dentro del Cuerpo y que supere el curso de formación correspondiente en la Escuela de Tráfico de la Guardia Civil en Mérida (Badajoz).
Preguntas frecuentes sobre el carnet de motocicleta en la Guardia Civil
Preguntas frecuentes
1. ¿Puedo presentarme a la oposición de acceso a la Guardia Civil sin ningún carnet de moto?
Sí, puedes hacerlo. El único carnet de conducir que se exige para opositar a la Guardia Civil es el de la clase B.
2. ¿El curso de motoristas de la Guardia Civil incluye pruebas de conducción?
Sí, el curso de especialización en la Escuela de Tráfico de la Guardia Civil incluye pruebas prácticas de conducción. Este es el motivo por el que se obliga a disponer del carnet A2 antes de su realización.
3. ¿Puedo entrar a Tráfico sin tener el carnet A?
Sí, no hay ningún inconveniente. Solo necesitarás el carnet de conducir de la clase B para conducir coches. A mayores, será imprescindible el de la clase A2 para pilotar motos, si bien una vez finalices el curso podrás conducir motocicletas de cualquier cilindrada y potencia.
4. ¿Qué tipo de motocicletas se usan en la Guardia Civil?
La Guardia Civil utiliza motos de combustión de tipo touring, principalmente, de BMW y Yamaha, generalmente para la especialidad de motorista de la Agrupación de Tráfico, si bien es cierto que en los últimos años se han incorporado varias flotas de motocicletas eléctricas con las que se ha dotado a la Especialidad del SEPRONA, en aras de perjudicar lo menos posible el medio ambiente en el desempeño de su servicio.