Dentro del Derecho Constitucional y el Derecho Penal, la detención ilegal y el habeas corpus son conceptos fundamentales vinculados directamente a la protección de los derechos humanos. Tener conocimiento de ambos es esencial para entender las garantías del Estado de Derecho, y además, son términos que aparecen con frecuencia en los exámenes de oposiciones a los cuerpos de seguridad del Estado y pruebas universitarias.

Si aspiras a trabajar en el ámbito jurídico, policial o de seguridad; este tema forma parte del bloque de derechos fundamentales y libertades públicas. 

Cómo están reguladas la detención ilegal y el habeas corpus

Ambos conceptos tienen una base constitucional y legal sólida. La detención ilegal está prohibida por el artículo 17 de la Constitución Española, que garantiza el derecho a la libertad y la seguridad personal. Este mismo artículo reconoce el derecho a presentar un procedimiento de habeas corpus en caso de detención arbitraria, la Constitución lo incluye en el artículo 17.4:

“La ley regulará un procedimiento de «habeas corpus» para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional”.

Además, la Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo, regula el procedimiento del habeas corpus. Por su parte, el Código Penal contempla la detención ilegal como delito en sus artículos 163 a 168. La existencia de ambos conceptos no es solo una norma, sino un compromiso de los poderes públicos con los derechos de los ciudadanos.

¿Qué se entiende por detención ilegal?

La detención ilegal, regulada en los artículos 163 a 168 del Código Penal, es un delito que consiste en encerrar o detener a otra persona, privándola de su libertad por motivos no justificados legalmente. Es decir, se le obliga a permanecer en un determinado espacio contra su voluntad.

Estos son algunos de los supuestos más frecuentes de detención ilegal:

  • Encerrar o detener a otro, privándole de su libertad
  • Aprehender a una persona, fuera de los casos permitidos por las leyes, para presentarla inmediatamente a la autoridad.

La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la ley, cometiere las conductas descritas anteriormente, serán castigado con una pena superior que al resto.
La provocación, la conspiración y la proposición para cometer las conductas anteriormente descritas también serán castigadas penalmente.
Las personas ilegalmente detenidas, a los efectos del Habeas Corpus, son:

  • Las que lo fueren por una autoridad, agente de la misma, funcionario público o particular, sin que concurran los supuestos legales, o sin haberse cumplido las formalidades prevenidas y requisitos exigidos por las leyes.
  • Las que estén ilícitamente internadas en cualquier establecimiento o lugar.
  • Las que lo estuvieran por plazo superior al señalado en las leyes, si transcurrido el mismo, no fuesen puestas en libertad o entregadas al Juez más próximo al lugar de la detención.
  • Las privadas de libertad a quienes no les sean respetados los derechos que la Constitución y las leyes procesales garantizan a toda persona detenida.
Policía Nacional en un control de tráfico

¿Qué es el habeas corpus?

El habeas corpus es un procedimiento legal cuyo objetivo es establecer una respuesta rápida cuando una persona ha sido detenida de forma no justificada legalmente. Es decir, permite al ciudadano, privado de libertad, exponer sus alegaciones contra las causas de la detención o las condiciones de la misma. Esto es, permite proteger la libertad individual contra detenciones arbitrarias

La frase en latín «Habeas corpus ad subjiciendum» significa «que tengas el cuerpo para que comparezcas». El habeas corpus ha sido siempre una garantía esencial para proteger la libertad de las personas

¿Cuándo se puede solicitar el habeas corpus?

El habeas corpus se puede activar en situaciones donde la libertad personal esté en riesgo por una detención irregular. A continuación, te mostramos los casos más comunes en los que puede solicitarse este procedimiento para garantizar una protección inmediata de los derechos del detenido:

  • La detención no tiene base legal para ser ejecutada (detención ilegal).
  • La detención se prolonga más del tiempo legalmente establecido (72 horas, ordinariamente).
  • Al detenido no se le respetan los derechos que las leyes le reconocen (llamada telefónica, asistencia médica, asistencia de abogado, etc).
  • El detenido sufre malos tratos o condiciones inadecuadas.
  • No se le ha informado de sus derechos o del motivo de su detención.
  • Se encuentra incomunicado sin base legal.

¿Quién puede solicitar el habeas corpus?

El habeas corpus es un derecho accesible y pensado para garantizar la protección inmediata frente a detenciones ilegales. Por eso, la ley permite que no solo el detenido, sino también otras personas e instituciones, puedan solicitarlo. Estos son los legitimados para iniciar el procedimiento, sin necesidad de abogado ni procurador:

  • El propio detenido. 
  • Sus familiares o personas allegadas. 
  • El Ministerio Fiscal. 
  • El Defensor del Pueblo. 
  • El abogado defensor del detenido.

¿Cómo se tramita el habeas corpus?

El procedimiento de habeas corpus está diseñado para ser rápido, sencillo y prioritario, con el objetivo de ofrecer una respuesta inmediata ante posibles detenciones ilegales o arbitrarias. La ley establece que debe resolverse en el menor tiempo posible, en el plazo de 24 horas desde que se dicta el auto de incoación. Estas son las fases principales del proceso:

  1. Presentación de la solicitud: cualquier persona legitimada puede presentar la solicitud directamente ante el juez competente, que suele ser el juez de guardia del lugar donde se encuentra el detenido. La solicitud debe contener una explicación breve de los hechos que justifican la intervención judicial.
  2. Valoración de admisión: una vez recibida la solicitud, el juez analiza si existen motivos suficientes para tramitar el procedimiento. Si considera que no hay base legal, puede denegarla mediante una resolución motivada. Si aprecia indicios de irregularidad en la detención, da curso al procedimiento.
  3. Orden de comparecencia: si se admite la solicitud, el juez ordena la presentación inmediata del detenido ante su presencia. También pueden ser llamados los agentes responsables de la detención, así como cualquier persona cuya declaración resulte relevante.
  4. Audiencia oral: se celebra una audiencia rápida en la que intervienen el detenido, el Ministerio Fiscal, los agentes implicados y, si procede, el solicitante. Durante esta audiencia, el juez escucha a las partes y valora si la detención se ajusta a la legalidad.
  5. Resolución judicial: tras la audiencia, el juez dicta una resolución en el mismo día. Puede adoptar dos decisiones: estimar la solicitud y ordenar la inmediata puesta en libertad del detenido o desestimarla, considerando que la detención es legal y justificada.

Diferencias clave entre detención ilegal y habeas corpus

A continuación, mostramos una tabla comparativa que resume las principales diferencias entre la detención ilegal y el habeas corpus.

Detención ilegalHabeas corpus
DefiniciónPrivación de libertad de una persona sin que exista una causa legal que lo justifiqueProcedimiento legal para revisar la legalidad de una detención
FinalidadGarantizar la libertad y sancionar abusosProteger al ciudadano frente a detenciones arbitrarias
RegulaciónConstitución, Código Penal (arts. 163-168)Constitución, Ley Orgánica 6/1984

Preguntas frecuentes

1. ¿Puede solicitar habeas corpus un detenido incomunicado?

Sí, incluso un detenido incomunicado puede solicitar el habeas corpus, directamente o a través de terceros, como un familiar, el Ministerio Fiscal o el Defensor del Pueblo.

2. ¿Es necesario tener abogado para solicitar el habeas corpus?

No, no es necesario contar con abogado ni procurador para presentar la solicitud.

3. ¿Qué ocurre si un juez rechaza la solicitud?

Si el juez considera que no hay fundamentos, puede rechazar la solicitud mediante resolución motivada. Esto significa que el detenido continuará en la situación en la que se encontraba, ya que ha determinado que la detención es legal.

4. ¿Tiene efectos la solicitud si el detenido ya ha sido puesto a disposición judicial?

Generalmente no, ya que el habeas corpus pierde sentido si el detenido está a disposición judicial, salvo que persistan irregularidades en su detención.

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