Si estás preparando las oposiciones para ingresar en el Cuerpo Nacional de Policía tienes que tener en cuenta que no solo se exige una preparación física y académica, sino también una serie de requisitos médicos.
Hay ciertas condiciones que pueden impedir tu ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía, te las detallamos a continuación.
¿Qué son las exclusiones médicas del CNP?
Las exclusiones médicas del Cuerpo Nacional de Policía son una serie de condiciones de salud que puede impedir tu ingreso en la institución. El objetivo es garantizar que, como futuro policía, tengas las capacidades físicas y psicológicas necesarias para desempeñar su trabajo de manera segura.
Para ello existen una serie de evaluaciones médicas que se realizan, normalmente, después de haber superado otras pruebas, como las psicotécnicas y las físicas. Los profesionales médicos revisarán si eres apto para entrar en el CNP o si cuentas con alguna de las patologías o condiciones establecidas como excluyentes en la normativa vigente.
Como policía nacional debes estar preparado para afrontar diversas situaciones en las que están implicados el riesgo físico, estrés, etc. Por eso, la normativa vigente establece una serie de criterios específicos que buscan averiguar si tu condición médica es apta para desempeñar tu trabajo, no solo por tu seguridad, sino también por la de tus compañeros o de la ciudadanía en general.
De esta manera, el CNP contará con agentes sanos que podrán desempeñar su trabajo con todas sus aptitudes bajo condiciones seguras.

Normativa oficial vigente
El Real Decreto 326/2021 de 11 de mayo informa sobre el cuadro médico de exclusiones a la hora de ingresar en el Cuerpo Nacional de Policía. Este documento define las condiciones de salud que pueden impedir el acceso y garantiza que los aspirantes cumplan con los requisitos físicos y psicológicos exigidos en el CNP.
Aun así, en los últimos años, ha habido alguna modificación en esta normativa. Exclusiones médicas como la psoriasis, el asma bronquial, jaquecas o diabetes fueron eliminadas en la última actualización, fechada en 2021.
Además, se han hecho otras disposiciones. Gracias a una sentencia del Tribunal Supremo, del 16 de febrero de 2024, se anuló como exclusión médica llevar lentes fáquicas o intraoculares. También se declaró nula la exclusión de haber sufrido una cirugía intraocular o llevar cuerpos extraños intraoculares. La causa de este cambio es que no se pudo justificar médicamente que los aspirantes con estas condiciones no pudieran desarrollar su trabajo con normalidad.
Cuadro de exclusiones médicas de la Policía Nacional
Una vez repasada la normativa vigente, te ofrecemos un pequeño resumen de cuáles son las exclusiones médicas más importantes dentro de este proceso.
Trastornos del aparato locomotor
Dentro de las exclusiones médicas relacionadas con el aparato locomotor, la normativa vigente contempla las siguientes condiciones que impiden el ingreso en el cuero:
- Escoliosis grave con desviación superior a los 20º.
- Alteraciones congénitas o adquiridas que afecten a la movilidad de las extremidades.
- Artritis reumatoide.
- Enfermedades inflamatorias crónicas.
- Luxaciones recidivantes que comprometan la estabilidad articular.
- Fracturas mal consolidadas que limiten el movimiento.
- Déficits funcionales graves en articulaciones principales.
- Amputaciones parciales o totales que afecten la capacidad motriz.
Estas limitaciones garantizan que, como policía, estés físicamente preparado para desempeñar tu trabajo.
Enfermedades del aparato cardiovascular
Según el Real Decreto 326/2021, las siguientes patologías cardiovasculares pueden impedir el acceso al CNP:
- Hipertensión arterial grave que no pueda ser controlada con tratamiento.
- Cardiopatías congénitas o adquiridas que afecten la función cardíaca.
- Arritmias severas que comprometan la estabilidad hemodinámica.
- Insuficiencia cardíaca en cualquier grado.
- Valvulopatías significativas que alteren el rendimiento físico.
- Antecedentes de infarto de miocardio o enfermedad coronaria avanzada.
- Miocardiopatías que afecten la capacidad funcional del corazón.
- Alteraciones graves de la circulación arterial o venosa.
Trastornos respiratorios
El objetivo de estas exclusiones es que, como aspirante, tengas una capacidad pulmonar adecuada para desempeñar tu trabajo sin riesgos. Estas son las exclusiones:
- Asma bronquial grave que limite la capacidad respiratoria.
- Enfermedades pulmonares obstructivas crónicas (EPOC) que afecten el rendimiento físico.
- Neumotórax espontáneo recidivante o antecedentes de cirugía pulmonar mayor.
- Fibrosis pulmonar que comprometa la función respiratoria.
- Tuberculosis activa o secuelas graves de tuberculosis pulmonar.
- Alteraciones graves de la ventilación pulmonar que dificulten la oxigenación adecuada.
Problemas dermatológicos
Algunas enfermedades de la piel pueden impedir el correcto desempeño de las funciones, así como la salud de aquellas personas que aspiren a un puesto dentro del cuerpo. Estas son las exclusiones:
- Dermatitis crónica grave que afecte la movilidad o cause incapacidad funcional.
- Psoriasis extensa que comprometa grandes áreas del cuerpo.
- Eccema crónico con brotes recurrentes y resistencia a tratamientos.
- Infecciones cutáneas crónicas como micosis profundas o lepra.
- Urticaria crónica que afecte la calidad de vida y el rendimiento físico.
- Cicatrices hipertróficas o queloides que limiten la movilidad o funcionalidad.
- Alteraciones graves de la pigmentación que puedan comprometer la salud dermatológica.
Alteraciones del sistema nervioso
La capacidad de reacción, coordinación o estabilidad emocional son vitales para desempeñar tu trabajo dentro del cuerpo. Por eso, estas son las alteraciones que impiden el ingreso:
- Epilepsia o antecedentes de crisis epilépticas.
- Trastornos neuromusculares que afecten la movilidad o el control motor.
- Enfermedades neurodegenerativas como esclerosis múltiple o Parkinson.
- Alteraciones graves del sistema nervioso autónomo que comprometan funciones vitales.
- Secuelas de traumatismos craneoencefálicos con afectación neurológica significativa.
- Trastornos del sueño severos.
Enfermedades psiquiátricas
De la misma manera, la estabilidad mental es fundamental para ser policía nacional. Por eso estas patologías impiden el ingreso en el cuerpo:
- Trastornos psicóticos como esquizofrenia o trastorno delirante.
- Trastorno bipolar con episodios de manía o depresión grave.
- Depresión mayor con antecedentes de hospitalización o intentos autolíticos.
- Trastornos de ansiedad severos que afecten la funcionalidad diaria.
- Trastorno obsesivo-compulsivo grave con impacto en el desempeño laboral.
- Trastornos de la personalidad que comprometan la estabilidad emocional.
- Antecedentes de consumo problemático de sustancias con diagnóstico de dependencia.
Enfermedades endocrinas y metabólicas
El rendimiento físico es uno de los puntos más importantes de un policía en el desempeño de su trabajo. Por esto, las siguientes patologías o enfermedades pueden impedirte entrar en el cuerpo:
- Diabetes mellitus tipo 1 o diabetes tipo 2 con complicaciones graves.
- Obesidad mórbida con un índice de masa corporal (IMC) superior a los límites establecidos.
- Hipertiroidismo o hipotiroidismo severo no controlado con tratamiento.
- Síndrome de Cushing o alteraciones graves del metabolismo hormonal.
- Trastornos graves del metabolismo lipídico que afecten la función cardiovascular.
- Enfermedades endocrinas congénitas que comprometan el desempeño físico.
Alteraciones sensoriales
La vista y el oído son fundamentales en el desempeño policial porque permite reaccionar con rapidez y precisión en situaciones de riesgo.
Visión
Entre las patologías que te impiden ingresar en el CNP están:
- Agudeza visual insuficiente sin posibilidad de corrección adecuada.
- Glaucoma o enfermedades que afecten el nervio óptico.
- Retinopatías graves que comprometan la visión.
- Cataratas avanzadas que dificulten la percepción visual.
- Estrabismo severo que afecte la visión binocular.
- Alteraciones del campo visual que reduzcan la capacidad de detección de estímulos.
Audición
Las exclusiones médicas relacionadas con la audición incluyen:
- Hipoacusia neurosensorial grave que afecte la comunicación y percepción de sonidos.
- Sordera unilateral profunda que comprometa la orientación auditiva.
- Alteraciones del oído interno que generen problemas de equilibrio.
- Otitis crónica con afectación funcional del oído.
- Malformaciones congénitas que limiten la capacidad auditiva.
Si quieres conocer en detalle todas las exclusiones médicas para el CNP, puedes consultar el cuadro completo disponible en la web del Ministerio del Interior. En ella encontrarás información actualizada y completa sobre los criterios de exclusión.

Exclusiones temporales
Mientras que las anteriores son exclusiones definitivas, hay una serie de exclusiones temporales que te pueden impedir ingresar en el cuerpo en cierto momento de tu vida, pero sí una vez que las dejes atrás. Entre ellas están:
- Fracturas recientes que aún no se han consolidado completamente.
- Infecciones agudas como neumonía o gastroenteritis severa.
- Intervenciones quirúrgicas recientes con necesidad de recuperación.
- Alteraciones transitorias de la visión por cirugía ocular reciente.
- Problemas psicológicos reactivos derivados de situaciones de estrés extremo.
¿Se puede volver a presentarse tras la recuperación?
Si has sido excluido por alguno de los motivos temporales que te hemos relatado anteriormente, podrás volver a presentarte a una nueva convocatoria en cuanto estés repuesto. La normativa establece que haber sufrido estas inhabilitaciones no es excluyente para una nueva presentación. Simplemente deberás estar en condiciones óptimas para superar los nuevos exámenes y revisiones que te realicen.

CNP
¿Quién evalúa las exclusiones médicas a la Policía Nacional?
Existe un tribunal médico oficial, designado por el Ministerio del Interior, que es el que se encarga de las revisiones médicas. Estos profesionales son los que realizan los reconocimientos médicos y determinan si eres apto para desempeñar tu trabajo. Recuerda, no solo físicamente, si no también psicológicamente.
Si no estás de acuerdo con una evaluación negativa, tienes la posibilidad de presentar alegaciones y pedir una segunda revisión. Debes seguir estos pasos:
- Presenta un recurso de alzada argumentando por qué tu exclusión no es válida.
- Aporta informes médicos que avalen tu argumentación.
- Solicita una nueva evaluación por parte de otro tribunal médico si es procedente.
Existen ocasiones en las que el veredicto se cambia ya que no hay una justificación médica para la exclusión.
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Preguntas frecuentes sobre las exclusiones médicas de la Policía Nacional
Preguntas frecuentes
1. ¿Puedo opositar si tengo gafas o uso lentillas?
Según la normativa vigente, se requiere una visión mínima de 0,6 en cada ojo con corrección, por lo que si ese es tu caso, puedes opositar igualmente teniendo gafas o lentillas.
2. ¿Tener ansiedad o haberla tenido es motivo de exclusión?
Los trastornos psiquiátricos graves puedan ser motivo de exclusión, pero haber tenido ansiedad o tener un tratamiento para ella no te excluye para la convocatoria siempre y cuando no afecte a tu desempeño profesional.
3. ¿Qué pasa si me operé de una dolencia incluida en el cuadro?
Si la cirugía ha corregido completamente la afección y no deja secuelas, no existe motivo de exclusión, al menos definitiva. Sí puede ser temporal sin necesitas un tiempo de recuperación. Una vez finalizado, podrás asistir a la siguiente convocatoria.
4. ¿Cómo saber si una enfermedad concreta me impide entrar?
El cuadro médico de exclusiones establece las patologías que pueden impedir el acceso. Puedes consultarlo en el Real Decreto 326/2021 en el BOE o en la página del Ministerio del Interior. También puedes solicitar una evaluación médica previa para verificar tus aptitudes para el CNP.
5. ¿Se puede reclamar si me excluyen por un criterio médico?
Si, puedes presentar alegaciones y solicitar una segunda revisión si consideras que la exclusión no está justificada. Se realiza a través de un recurso de alzada, con nuevos informes médicos y la petición de una segunda revisión siempre que esté justificada.
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